La Seguridad Hemisférica en Riesgo: Propuesta de Alternativa de la Oposición Democrática Nicaragüense al Congreso de EE. UU. y la Reunión de Cancilleres de la OEA



Este documento aquí publicado fue enviado al Congreso de los Estados Unidos y a la Organización de Estados Americanos, OEA, según me dijeron algunos de los que firmaron el documento.

Este documento fue enviado por correo electrónico, y está confirmado que fueron leídos por embajadores o personal de sus respectivas embajadas.


Sigue el post de Cynthia:


“Denunciamos la ilegitimidad de este régimen desde el año 2011. Fueron 15 largos años de abandono y falta de ayuda, el tiempo suficiente para que terminaran convirtiéndose en una dictadura absoluta.”


A pocos días de conmemorarse un cuarto de siglo —25 años exactos— de los devastadores atentados terroristas del 11 de septiembre de 2001, la comunidad hemisférica y los Estados Unidos enfrentan una pregunta inevitable sobre su propia arquitectura de defensa:

¿cómo es posible que, tras un hito histórico que rediseñó los estándares globales de seguridad nacional, se permita la consolidación de un enclave totalitario, hostil y vinculado al terrorismo internacional en el propio corazón del continente americano?

El régimen dinástico y totalitario encabezado por Daniel Ortega y Rosario Murillo en Nicaragua se ha convertido en la antítesis absoluta de la seguridad nacional, la estabilidad democrática y la paz hemisférica. Hoy, la dictadura orteguista ya no representa únicamente una tragedia humanitaria o una ruptura constitucional interna; opera de manera abierta como una plataforma avanzada de operaciones para potencias extracontinentales hostiles a Occidente y un epicentro de convergencia para el crimen organizado transnacional.

Ante la inminencia de dos hitos fundamentales para la estrategia internacional de la resistencia democrática —la sesión del Subcomité del Hemisferio Occidental del Congreso de los Estados Unidos el 15 de septiembre de 2026, y la Reunión Extraordinaria de Consulta de Cancilleres de la Organización de los Estados Americanos (OEA) el 17 de septiembre de 2026—, las fuerzas de la oposición democrática nicaragüense esperamos respuestas proporcionales a la gravedad de la amenaza. No se trata ya de apostar por una diplomacia retórica e inerte, sino de activar los mecanismos coercitivos, jurídicos y de defensa estratégica que la hora actual demanda de manera imperativa sino cuando menos y entre otros, los siguientes aspectos:

I.El Congreso de EE. UU. (15 de Septiembre de 2026): Coerción, Sanciones y Seguridad Continental

La sesión del Subcomité del Congreso estadounidense debe marcar un punto de inflexión operativo y legislativo. A la luz de los antecedentes, el Congreso de los Estados Unidos cuenta con los elementos suficientes para consolidar una respuesta estructural basada en los siguientes ejes irrenunciables:

El Subcomité del Congreso de los Estados Unidos debe asumir un rol decisivo y ordenar la consolidación legislativa inmediata de los esfuerzos normativos vigentes. Se esperaría que el Subcomité impulse en forma expedita una legislación unificada y robusta que fusione y potencie lo mejor de dos iniciativas fundamentales:

1. Armonización y Consolidación Legislativa: Unificación de la Restoring Sanctions Act y el Proyecto S. 5369

  • a. Por un lado, tomar lo mejor del proyecto de la Restoring Sanctions and Accountability in Nicaragua Act (la propuesta bipartidista que expande los marcos de la NICA Act y la Ley RENACER, orientada a cerrar de manera implacable los portillos de elusión financiera y aplicar sanciones sectoriales rigurosas a la industria extractiva y los engranajes comerciales de la represión).

  • b. Por otro lado, combinar con la reciente iniciativa S. 5369, presentada a inicios de agosto de 2026 por el senador republicano Ted Cruz junto al demócrata Tim Kaine (oficialmente Ley para el Restablecimiento de la Equidad Electoral y los Derechos de la Oposición mediante Mandatos de Rendición de Cuentas de 2026).

El mandato específico que se espera del Subcomité es que extraiga lo mejor de ambas propuestas para sacarles el máximo provecho operativo, consagrando en un solo instrumento legal los siguientes puntos irrenunciables:

  • Extensión Temporal Ampliada y Drástica: Tomar como base la vigencia prolongada de la iniciativa S. 5369 para extender los mecanismos de presión económica, comercial y financiera hasta el 31 de diciembre de 2035, asegurando que no se levante ninguna sanción a menos que se certifiquen avances democráticos reales y verificables en el país.
  • Sanciones Totales e Implacables al Sector del Oro: Adoptar el endurecimiento propuesto contra cualquier persona o empresa extranjera que opere o haya operado en la industria del oro en Nicaragua, cortando de tajo la principal fuente actual de ingresos por exportaciones del régimen.
  • Ataque Frontal al Brazo Financiero Militar (IPSM): Incorporar de manera prioritaria y obligatoria en las listas de sanciones de la OFAC a los funcionarios y operadores del Instituto de Previsión Social Militar (IPSM), desarticulando el emporio financiero e inversor que sostiene a la cúpula del Ejército de Nicaragua.
  • Nuevas Causales por Persecución y Alianzas con Potencias Hostiles: Consolidar las restricciones para sancionar severamente a quienes perpetren persecución religiosa, manipulación y abolición electoral, así como castigar drásticamente a entidades o personas que brinden apoyo financiero, logístico o militar a los gobiernos de Rusia e Irán, neutralizando el riesgo a la seguridad hemisférica.

Al fusionar estos instrumentos, el Congreso dotará al Ejecutivo de la herramienta coercitiva más poderosa y completa para asfixiar financiera y políticamente a la tiranía de Ortega y Murillo.

2. Revisión y Suspensión del Tratado de Libre Comercio CAFTA-DR: El Congreso debe evaluar e invocar la cláusula de excepción por seguridad nacional y respeto a los derechos humanos contemplada en el acuerdo comercial CAFTA-DR, con el fin de restringir o suspender el acceso preferencial de productos nicaragüenses a los mercados internacionales y cortar de tajo el flujo de divisas que alimenta el aparato represivo del Estado.

3. Designación del FSLN como Organización Terrorista Extranjera (FTO):

El Frente Sandinista de Liberación Nacional, en su estructura directiva, mandos militantes y redes paramilitares, actúa bajo lógicas de terrorismo de Estado. Su tipificación formal como FTO y la proscripción internacional de su simbología y financiamiento material es un paso de seguridad nacional ineludible para cortar el suministro de recursos y desarticular sus redes de apoyo externo.

4. Desarticulación Financiera y Cerco Multilateral:

El Congreso debe supervisar el bloqueo estricto de los desembolsos no humanitarios provenientes del Banco Mundial, el BID y el BCIE, exigiendo además la evaluación rigurosa del GAFI para proceder a la desconexión paulatina del sistema SWIFT de las entidades bancarias controladas por la dictadura, catalogadas como jurisdicciones de alto riesgo por lavado de dinero y blanqueo de capitales ilícitos.

5. Neutralización del Aparato Militar y Policial:

Se debe instar al Departamento del Tesoro (OFAC) a aplicar sanciones masivas e implacables contra la institución del Ejército de Nicaragua y su brazo financiero, el Instituto de Previsión Social Militar (IPSM), así como contra la Policía Nacional y el ISSDHU, fracturando los conglomerados corporativos y de testaferros que lucran con la extorsión institucionalizada.

II. Reunión de Cancilleres de la OEA (17 de Septiembre de 2026): Ilegitimidad de Origen, Ruptura Democrática y Amenaza Hemisférica. Mínimas Expectativas.

La cita de cancilleres en la OEA debe trascender la condena testimonial para adoptar resoluciones de estricto cumplimiento. La invocación de la garantía colectiva como facultad jurídica de los Estados Miembros para contribuir de forma colegiada al cumplimiento efectivo de todas las resoluciones del sistema interamericano —un principio respaldado por la jurisprudencia de la Corte IDH, como lo señala en el caso 14.047 (párrafo 16)—, abarcando desde las directrices de la Asamblea General (como la histórica Resolución 49 y 51) hasta los mandatos emanados de casos contenciosos, medidas provisionales de la Corte IDH y medidas cautelares de la CIDH, para hacer frente de manera vinculante a la ruptura democrática en Nicaragua. Las expectativas de los demócratas nicaragüenses se concentran en:

1. Declaratoria expresa de Ilegitimidad Absoluta y Nulidad del Mandato:

La OEA debe resolver de forma categórica que, al haber sido calificado el proceso electoral nicaragüense como ilegítimo por la 51ª Asamblea General de la organización, todo el andamiaje derivado de este carece de validez jurídica. En consecuencia, el mandato de Daniel Ortega y Rosario Murillo —así como el de la totalidad de los diputados de la Asamblea Nacional y del PARLACEN que resultaron producto de dicha farsa— es absolutamente ilegítimo, nulo y carente de representación soberana ante el sistema interamericano.

2. Constatación Formal de la Ruptura del Orden Constitucional:

Los cancilleres deben declarar formalmente que el régimen ha consumado una alteración flagrante y una ruptura total del orden democrático y constitucional, activando sin ambages los mecanismos previstos en la Carta Democrática Interamericana para el desconocimiento de sus delegados y el cese de toda prerrogativa diplomática internacional. Si bien la 49ª Asamblea General de la OEA celebrada en Medellín ya había señalado la grave alteración del orden democrático y constitucional en Nicaragua, el paso histórico que corresponde dar ahora en 2026 a los cancilleres es la resolución y constatación definitiva sobre la ruptura total del mismo.

3. Calificación de Nicaragua como Amenaza Hemisférica y Nexos Terroristas:

La resolución de la OEA debe estipular sin ambigüedades que el régimen nicaragüense constituye y representa una grave amenaza para la seguridad, la estabilidad y la paz de los Estados miembros. Esta amenaza se ve potenciada y agravada por sus nexos documentados con el régimen terrorista de Irán y sus redes asociadas (como Hammás y Hezbolá), así como por su coordinación geopolítica con Rusia y la República Popular China. A ello se suman las evidencias irrefutables de su vinculación directa con el narcotráfico internacional, el crimen organizado transnacional, la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes que han tenido como destino final el territorio de los Estados Unidos y otros países de la región.

4. Exigir la Liberación inmediata, Incondicional y Absoluta de Todos los Presos Políticos opositores al régimen:

La OEA debe exigir de manera tajante e intransigente la liberación inmediata, incondicional y sin restricciones de todos los presos políticos opositores. Esto incluye no solamente a quienes se encuentran hacinados en mazmorras carcelarias, sino a cualquier ciudadano bajo modalidades de arresto domiciliario, casa por cárcel, vigilancia policial permanente, restricciones de movilidad o cualquier otra circunstancia punitiva que cercene arbitrariamente sus derechos fundamentales y libertades civiles.

5. Acciones Bilaterales y Multilaterales a Discreción de los Estados Miembros:

Ante la magnitud del peligro que la tiranía representa, la OEA debe resolver explícitamente que queda en manos de cada Estado miembro, en virtud de las consideraciones soberanas de su propia seguridad particular y hemisférica, adoptar e instrumentar aquellas medidas diplomáticas, económicas, jurídicas, financieras o de cualquier otra índole que consideren convenientes y necesarias para enfrentar eficazmente la ruptura democrática y neutralizar los riesgos de seguridad que el régimen Ortega Murillo representa para los países y para el hemisferio en general.En este contexto, la declaratoria de ruptura democrática y la constatación de la ilegitimidad absoluta del régimen nicaragüense por parte del organismo continental no representan un mero pronunciamiento retórico, sino una certificación jurídica y política indispensable; este acto faculta y habilita formalmente a los Estados miembros para que, de manera individual o colectiva, activen los mecanismos extraordinarios de presión y defensa necesarios para neutralizar la dictadura y erradicar la grave amenaza que esta representa para la seguridad del hemisferio occidental.


En este contexto, la declaratoria de ruptura democrática y la constatación de la ilegitimidad absoluta del régimen nicaragüense por parte del organismo continental no representan un mero pronunciamiento retórico, sino una certificación jurídica y política indispensable; este acto faculta y habilita formalmente a los Estados miembros para que, de manera individual o colectiva, activen los mecanismos extraordinarios de presión y defensa necesarios para neutralizar la dictadura y erradicar la grave amenaza que esta representa para la seguridad del hemisferio occidental.

III. Conclusión y Llamado a la Acción Global

A veinticinco años del trauma global que demostró la vulnerabilidad de las naciones frente a las redes del terror y la hostilidad transnacional, el hemisferio occidental no puede darse el lujo de albergar un santuario de impunidad, narcotráfico y tiranía en Centroamérica.

Las organizaciones y representantes de la oposición democrática nicaragüense reafirman que la libertad de Nicaragua no es un asunto interno aislado, sino una condición indispensable para garantizar la seguridad continental. Esperamos del Congreso de los Estados Unidos y de los Cancilleres reunidos en la OEA una actuación histórica, valiente y coherente: cerrar filas, asfixiar financiera y diplomáticamente a la tiranía, y devolver al pueblo nicaragüense el derecho inalienable a vivir en democracia, justicia y libertad.

2 de Septiembre 2026.Suscriptores del Documento:

  • Cynthia R. Álvarez Arias. – Freedom Fighters Nicaragua.
  • Roger Antonio Delgadillo Vivas. – Campesino exiliado desde el 2018.
  • Milton González. – Bloque de Derecha Nicaragüense.
  • Meyling Antonia Mendoza. – Representante de Plataforma por la Democracia en Latinoamérica, exiliada en Europa.
  • Porfirio Berrios. – Medios digitales (Azul y Blanco Unido En Una Sola Voz).
  • César N. Grijalva. – Comité Patriótico Nacional de Nicaragua, Grupo de los 7.
  • Oliber Ernesto Medal Lazo. – Estudiante exiliado 2018.

Expectativas Mínimas de la Oposición Nicaragüense ante el Congreso de EE. UU. y la Reunión de Cancilleres




Si apoyas nuestro trabajo o te gusta el contenido de lo que aquí se publica y para que podamos seguir llevándote la verdad con objetividad: 

 ¡Únete a PeterJungla! 

Dando “like” a lo que publicamos o compartiendo lo que publicamos en Facebook o Twitter.

Si lo haces, únete usando el hashtag o la etiqueta #QuienDijoQue y siguiendo nuestra cuenta @QuienDijoQueNic.

Cada retweet nos ayudara a que nuestro mensaje llegue a todos. 

Un retweet es de mucha importancia ya que amplifica nuestra historia y mensaje. 

Usa en el hashtag o la etiqueta #QuienDijoQue y siempre haz retweet 

Somos antisandinistas y apoyamos La Vida, Propiedad Privada, La Libertad Individual y La Libertad de Expresión.

¡Gracias! 

¡Que Dios Bendiga a Nicaragua! 




Leave a Reply